Para Jovita Tzul, mi hermana. Y en respeto y agradecimiento a los cientos de miles de mujeres y hombres que son alcaldes comunales, alguaciles, presidentes de cofradías, principales, comadronas, comités de agua, comité de camino, porque son ellos quienes están en el tiempo de la organización de la resistencia.
¿Cómo explicamos la vitalidad de la lucha comunal indígena? ¿De qué manera hacemos justicia a las historias, los horizontes y los límites de las luchas comunales? Si siguen las reflexiones foucaultianas, no se puede pensar el ejercicio del poder sin su contracara, así como tampoco se puede pensar la resistencia por fuera del ejercicio del poder. A mi parecer esta fórmula puede servir para iniciar a contestar las preguntas. Situemos un espacio concreto: Guatemala. Han pasado veinte años de la firma de los Acuerdos de Paz y en paralelo se firma el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos. En este tiempo se recrudeció el antagonismo comunidad-Estado. Se iniciaron nuevas formas de disputas sobre tierras comunales que históricamente han pertenecido a las comunidades. Se produjo un aumento significativo en la venta corporativa del alcohol que incrementó conflictos en el interior de los pueblos.1 Se continuó con el pujante proceso para la búsqueda de asesinados en la guerra que fueron enterrados en cementerios clandestinos. Las comunidades comenzaron procesos de discusión sobre las reformas en la Constitución para que no se trastocaran algunas de las prerrogativas políticas que amparan a pueblos indígenas con respecto a la tierra y la justicia comunal. En ese periodo también, el Ministerio Público comenzó procesos de persecución penal contra las autoridades y los comunitarios indígenas.
I. Puntos para comprender la forma comunal de la resistencia
Los procesos de resistencia indígena están protagonizados por hombres, mujeres, niños, niñas, ancianas y ancianos que comparten una tierra; que trabajan juntos en la construcción de sus caminos; que reforestan y cuidan fuentes de agua; que gestionan las fiestas comunales. Es decir, la resistencia tiene como piso político fundamental la capacidad política para deliberar las formas de compartir, organizar jornadas de trabajo comunal, y regular el uso y el abuso de los bienes comunes.
Por ello, si hemos de comprender lo comunal ha de ser una forma de gobierno, que produce instituciones para autorregularse hacia adentro y que al mismo tiempo no pierde de vista y se hace cargo de los cambios y las regulaciones que el Estado y el capital realizan en las comunidades. Éstos son procesos que se demoran y no están exentos de contradicciones. Las comunidades indígenas han sabido interpretar la especificidad de las prácticas del ejercicio de poder. Sus luchas han logrado en varias ocasiones limitar al capital en su intento de totalización de las tierras y de los bienes comunes.
Sí, las luchas comunales han logrado poner en crisis la instalación de proyectos extractivos en sus tierras, por ejemplo, cuando ponen en cuestión y evitan con acciones directas la violencia contra la mujer. También mediante la discusión de artículos de la Constitución que se refieren al ejercicio de la justicia comunal. Hay un componente anticapitalista en las luchas comunales, pues han logrado evitar proyectos que consideran que el bien común está en la propiedad privada y la representación individual.
Por ello la resistencia ha de ser pensada en la simultaneidad. Pues mientras los pueblos defienden tierras, no descuidan sus formas de gobierno comunal interno y resuelven sus dificultades. Así pues, a contrapelo de la dominación y explotación plantean horizontes políticos de voluntad de vida. Quienes nacimos en la comunidad y aprendimos de política comunal sabemos que con el paso de los siglos y de los años sigue viva y presente en el interior de las comunidades una infinidad de historias sobre la muerte y las condiciones materiales en que las familias se apoyaron para enterrarse; sobre los esfuerzos para la construcción de caminos, y también sobre los procesos de deliberación que fueron necesarios para actualizar las estructuras comunales para responder las agresiones del capital. En suma, la resistencia comunal es organizada en tiempo y encargada (por trabajo comunal) a las autoridades comunales. El trabajo comunal es la columna vertebral de la organización de la resistencia, pues es la energía social que dinamiza la vida en las comunidades. Estas formas de trabajo adquirirán diversos nombres en los pueblos K’ax K’ol (K’iche’) o Munil (Ixil).2 El trabajo comunal es central dado que constituye la energía necesaria para la producción y el resguardo de los bienes comunes. Un ejemplo concreto es la cantidad de jornadas que las familias realizan en las comunidades para la producción de agua o para la organización de las fiestas. Pensándolo así, el trabajo comunal sería la fuerza social que produce la energía para la conservación de las estructuras comunales, pues habilita la posibilidad de decidir sobre todo aquello que se comparte. Se decide sobre lo que se trabaja y se trabaja sobre lo que se decide. Hay un alto grado de fluidez política en el seno de las comunidades indígenas. Por ello, las respuestas a las agresiones cobrarán diversas formas y dependerán de las correlaciones históricas de los territorios. Esta condición dúctil es al mismo tiempo un entramado de formas históricas ensayadas, que dan condiciones de posibilidad para establecer formas de autorregulación y de producción de mecanismos para pautar y gestionar el uso de los bienes comunes. Si éstas son las consideraciones para pensar a las comunidades indígenas, entonces se amplifica la comprensión sobre las estrategias y las formas que van cobrando las luchas en las comunidades indígenas. Y permite también pensar en los cálculos políticos para interpretar el ejercicio del poder, así como el entendimiento de los efectos que tienen las historias nacionales sobre las geografías concretas. En tal sentido, para comprender la prolongada, sostenida y agredida lucha de las comunidades indígenas, es preciso leerlas como el resultado de un acumulado histórico de estructuras que gobiernan, defienden y recuperan sus tierras y todo lo que lo contienen.
II. La comunal resistencia de las mujeres
En noviembre de 2018, de nuevo la comunidad de Santa María Tzejá refrendó sus acuerdos comunitarios para la prohibición de venta de alcohol en tierras comunales. Fue en una asamblea donde se anunció que las decisiones comunales, como siempre, eran las que regían el bien común. La comunidad en mención fue fuertemente afectada en el periodo de la guerra guatemalteca. La comunidad fue militarizada y hubo varios muertos y desaparecidos, eso obligó a que la mayoría de las familias se refugiaran en el estado de Campeche en México. En el refugio organizaron sus vidas de manera comunal y lograron adaptar sus instituciones y normas para poder reproducir la vida en conjunto. “Cuando nos refugiamos llevamos también nuestras formas de organización comunal, porque en esas condiciones sólo pudimos sobrevivir con organización comunitaria”, dice uno de los comunitarios de Santa María Tzejá. Cuando las comunidades retornaron de nuevo al Ixcán, se inició un proceso de reorganización para sostener el cuidado de los mojones, organizar comisiones para reproducir la vida y también encarar el problema del alcoholismo. En Tzejá, mediante actas comunales, y como resultado de una serie de asambleas, se reguló y se prohibió la venta de alcohol en el año de 1994. Las mujeres en sus reuniones y asambleas de la Red de Organizaciones de Mujeres del Ixcán (ROMI),3 integrado por 103 organizaciones de mujeres de todas las comunidades del Ixcán, analizaron que el consumo de alcohol es una de las principales causas que aumentan la violencia contra la mujer y contra los niños; generan inestabilidad y rompen con la armonía en las familias; descompensan la economía familiar, por mencionar sólo algunas consecuencias. Hacia finales de los años 1990 se inició el aumento de la venta de alcohol, las cantinas se reproducían y el consumo proliferó. Un estudio de tesis realizado por Juan de León Laynez (2018) determinó que Nebaj, un territorio donde ocurrieron más de cien masacres y donde se perpetró el genocidio ixil (vecino de Ixcán), fue invadido por cantinas que aumentaron después de la firma de la paz. Dice este investigador que en 1998 funcionaban cuatro cantinas, pero que en el momento de realizar su investigación, entre los años de 2017 y 2019, existían más de 190. Sólo 37% contaba con autorización para la venta de alcohol, mientras que 63% operaba de manera clandestina, pues eran tiendas que vendían otros productos, entre los que se incluía el alcohol. En la investigación de De León (2018) se deplora que las licencias para autorizar una cantina sean otorgadas por el Ministerio de Salud debido a que su función es velar por el bienestar de la salud. Este punto crítico fue también retomado en las reuniones de las mujeres de la ROMI. En ese contexto se prohíbe la venta de alcohol en Nebaj, San Marcos, Sololá, Totonicapán y varias comunidades más, justamente porque se registran muertes ocasionadas por el alcoholismo (por ejemplo, en Ixcán en el año 2014 muere un joven por ingerir bebidas alcohólicas). Las mujeres que integran la ROMI se percatan de los efectos del alcoholismo, ven como emergencia la muerte del joven y señalan con preocupación que los adolescentes están en peligro, porque también se presentaron varios casos de jóvenes adolescentes que robaban en sus casas para la compra de la bebida alcohólica. Por ello en la asamblea comunal ese tema a deliberar se volvió central, la principal de las preocupaciones era proteger a los niños, a las mujeres y a la comunidad en general. Dicen las mujeres de la ROMI que su objetivo es buscar la armonía de la vida comunal, para mantenerla libre y sin violencia. “Cuando los esposos están ebrios tratan mal y cuando no están ebrios se mantienen tranquilos. Nuestra función es sólo velar por el bien de las mujeres, de los niños, de la familia y de la comunidad en general”, dijo en noviembre de 2018 una mujer integrante de la ROMI, quien también había ya cumplido el cargo comunal de alguacil. En 2014, el Ministerio Público acusó a las autoridades comunales de Santa María Tzejá por el cierre de cantinas y de locales comerciales que vendían alcohol bajo el argumento de que se cometió violencia contra las mujeres —pues uno de los locales que se cerró pertenece a una mujer que clandestinamente vendía alcohol—. El agente del Ministerio Público calificó como violencia contra las mujeres un proceso de decisión comunal e inició el procesamiento de las autoridades comunales.4 La asamblea comunal se movilizó, se realizaron asambleas extraordinarias y ahí una mujer de la tercera edad manifestó:
En el tiempo que tiene de fundación nuestra comunidad, es la primera vez que nuestras decisiones como autoridades son criminalizadas y perseguidas. Nosotros tenemos nuestra dinámica propia de organización. El local donde estaban las tiendas que vendían alcohol y las cantinas es tierra comunal, por eso la asamblea puede decidir sobre lo que se hace ahí. No se trata de que sea mujer. Se trata de que incumplió los acuerdos comunitarios y violentó la armonía de la comunidad y de las otras mujeres.
Como bien dice la comunera, se trata de un proceso comunal de autorregulación histórica que al ser examinado por los tribunales ordinarios produjo otra forma de antagonismo contra las decisiones comunales de cuidar la vida, pero que al mismo tiempo activó un proceso de resistencia que ha venido modificando la vida política comunal. Una joven comunera reflexionó así sobre la situación:
El caso de las cantinas fue ampliamente discutido y conocido. Llamamos a los vendedores y les hablamos en asambleas. Les dimos tiempo para que se manifestaran. Los escuchamos. Varios de ellos entendieron y sólo una persona no acató el acuerdo comunitario. Tratamos de hacerle entender, la llamamos a varias asambleas; la señora aceptó que vendía alcohol y se comprometió a no vender más. Se investigó que ella lo vendía en unas bolsas. Es que nosotras antes de ser comerciantes u organización somos comunitarias. Las autoridades comunitarias están en cumplimiento de su trabajo. No es sólo que persigan a las autoridades. Están persiguiendo a la comunidad completa.
Históricamente el alcohol ha sido usado en las sociedades indígenas. De hecho, los pueblos indígenas produjeron siempre sustancias y bebidas para inducir estados alterados de conciencia o para el uso ritual. Pero el uso era pautado. Por ejemplo, “en tiempos de tristeza, la gente se tomaba un trago para comer mejor, o tal vez en tiempo de la fiesta, pero tenía medida, en cambio ahora venden ese licor que no se sabe qué calidad tiene”. Un comunitario que se manifestó sobre la regulación dijo:5
Sí. Uno toma alcohol, pero si no hay lugares donde comprarlo, uno también se limita. Sabe que hay tiempo para hacerlo y en qué fechas. Por eso sí es importante que se cierren las ventas de alcohol. Como comunitarios lo decidimos y como comunidades fuimos a pedir que se cierren las cantinas. Las cerramos.
Las formas que va a adquirir la resistencia pueden ser la autorregulación interna, la defensa de sus instituciones comunales: decisiones de la asamblea y autoridades comunales. En todo caso, prohibir la venta de bebidas alcohólicas significa poner un límite a la violencia contra las mujeres, pues prevalece la condición comunal de compartir los medios concretos que brinda la tierra comunal. La resistencia comunal también es la resistencia de las mujeres.
Imagen de portada: Exhumación en Nebaj. Fotografía de Francisco Sánchez
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Véase la investigación que Juan de León Laynez realizó para obtener el grado de Técnico en Desarrollo Comunitario en la Universidad Ixil. ↩
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En las comunidades indígenas, en Guatemala, existen diversas maneras de nombrar el trabajo comunal. Se trata de trabajo no remunerado pero que tiene como beneficio el uso de los bienes comunes. ↩
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La ROMI nace después del refugio. Trabaja en cuatro ejes, el principal es luchar por evitar la violencia contra la mujer. ↩
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Esto queda recogido en el expediente 16029-220770 del Tribunal de Sentencia Penal de delito de feminicidio, violencia sexual y otras formas de violencia contra las mujeres del departamento de Alta Verapaz, Guatemala. El caso fue litigado por los abogados del Bufete para Pueblos Indígenas. Aún no ha concluido. ↩
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Juan de León Laynez, op. cit. ↩